Inmigración y residencia en Andorra

Residir en Andorra es sinónimo de vivir en un fantástico entorno natural, en pleno Pirineo. Pero también es seguridad y un alto nivel de calidad de vida. Porque Andorra cuenta con uno de los mejores sistemas sanitarios del mundo, un sistema educativo mayoritariamente gratuito y multi-idioma, y una completa oferta de servicios y ocio para todos los gustos. Y todo a menos de 3 horas en coche de ciudades como Barcelona o Toulouse.

Por un lado, las residencias activas (para trabajadores o inversores). Por otro lado, las residencias pasivas (también conocidas como residencia fiscal), en cualquiera de sus modalidades: Residencias no lucrativas, profesionales de ámbito internacional o Residencias de interés científico, deportivo o cultural). También gestionamos permisos de residencia temporal para empresas que realizan trabajos estacionales en Andorra (obras, instalaciones, prácticas formativas, estancias para entrenamientos, etc…).

Residencias Activas

Residencia Activa que autoriza residir en Andorra y ejercer una actividad como autónomo o empresario. Para poder solicitarla, se requiere:

  • Que la persona interesada establezca su residencia en Andorra de forma permanente. Disponer de una autorización de inversión extranjera para poder crear una sociedad en el país (en la cual deberá disponer de una participación superior al 20%).
  • Ejercer un cargo en el órgano de administración de la misma sociedad anteriormente mencionada.

Como requisitos meramente económicos, es imprescindible:

  • Realizar un depósito de 15.000€ en la Autoritat Financera Andorrana (AFA). Este importe se devuelve de forma íntegra en el momento que la persona decidiera dejar de residir en el país (siempre que no existan deudas pendientes).

Residencias pasivas (o residencias fiscales)

Las residencias pasivas o residencias fiscales son aquellas que contemplan uno de los supuestos siguientes:

  • Residencia sin actividad lucrativa
  • Residencia para profesionales con proyección internacional
  • Residencia por razones de interés científico, cultural y deportivo
  • Residencia por ingreso en centros geriátricos privados o bien en centros de curas médicas o de terapéuticas de carácter privado.

En estos casos se solicitará un compromiso formal conforme se fijará la residencia efectiva en Andorra por un periodo de mínimo 90 días por año natural.

Los requisitos económicos demandan:

  • La justificación por parte de la persona titular, de unos ingresos anuales que superen en un 300% el salario mínimo anual vigente. Se debe añadir el 100% de este indicador para cada una de las personas que tenga a cargo.
  • La inversión de un mínimo de 400.000€  en Andorra. La inversión puede ser en bienes inmuebles, en sociedades del país instrumentos de deuda o finanzas emitidos por entidades locales u otras tipologías de activo en territorio andorrano.
  • La constitución de un depósito de 50.000€ en la Autoritat Financera Andorrana (AFA) que deberá ser incrementado en 10.000€ por cada persona a cargo. El importe final de este depósito, queda contemplado dentro de los 400.000€ mínimos de inversión requerida en el país.
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