El principado de Andorra tiene un marco político estable y una económica dinámica, y esto hace que sea uno de los países más atractivos a la hora de invertir. Andorra tiene un modelo financiero y económico que lo convierte en un país muy adecuado y rentable para vivir.
En este sentido debemos de exponer que el bajo nivel de precios y la baja presión fiscal permite que el coste de la vida sea más bajo que en la mayoría de países europeos, de manera que nuestros futuros ciudadanos inversores y sus familias podrán disfrutar de unos precios en la mayoría de productos y servicios mucho más competitivos que en sus países de origen.
Proximidad y comunicaciones
Andorra hace de su limitado territorio una de sus grandes virtudes. La proximidad ayuda a resolver la mayor parte de cuestiones que el exceso de burocracia complica.
En cuanto a las comunicaciones, el Principado de Andorra está en un proceso de mejora y replanteamiento de las vías de comunicación que la harán mucho más accesible por tierra y aire.
Estabilidad y seguridad
Andorra es un país socialmente estable y con una alta seguridad ciudadana. La tasa de criminalidad es una de las más bajas del mundo.
Naturaleza
El entorno natural Andorra tiene un medio ambiente protegido y un entorno natural incomparable.
Educación
En la educación Andorra dispone de tres sistemas educativos de gran calidad y gratuitos, así como la enseñanza española, la andorrana y la francesa. Así mismo, también dispone de varias enseñanzas privadas como el “British English” y otras especialidades.
Sanidad
En cuanto a la sanidad pública es de gran calidad y permite, además, vía convenios internacionales, beneficiarse de atención sanitaria en el extranjero.
Tecnología
Andorra es un país innovador y pionero en el campo de la tecnología: ya se ha producido el apagón analógico y la cobertura UMTS y ispone de fibra óptica en el 100% del territorio.
Infraestructuras lúdicas y deportivas
Andorra dispone de dominios esquiables, instalaciones deportivas de alto nivel para práctica del deporte y la tecnificación, centros termolúdicos y zonas para deportes de riesgo, aventura y montaña. Actividad cultural Auditorio Nacional, Centro de Congresos, eventos y estivales de toda clase.
Transparencia
Por otra parte cabe decir que el el intercambio automático de información en materia fiscal Andorra es consciente de la tendencia a la transparencia a nivel internacional y su respuesta en este sentido ha sido en la misma línea, entendiendo que el intercambio automático es un futuro ineludible para todas as jurisdicciones a nivel mundial.
ctualmente, un total de 51 países han firmado el acuerdo multilateral de intercambio automático de información fiscal en relación a ciertas cuentas financieras de personas físicas y jurídicas no residentes fiscales en Andorra en bancos andorranos. Hay que tener en cuenta que la gran mayoría de los países participantes aplicarán este acuerdo en 2017, pero Andorra ha firmado para empezar este procedimiento el 2018.
A principios de 2015, sólo 4 países no manifestaron su compromiso a adherirse a este acuerdo, pero todo hace pensar que la presión internacional puede ser determinante en este sentido. La aplicación del intercambio automático de información en materia fiscal entrará en vigor en Andorra el año 2018, pero se debe considerar que se prevé un carácter retroactivo de un año. Todavía no se conocen los detalles de las cuentas que serán reportados ni en general de la aplicación de este intercambio automático.
Ventajas fiscales en holdings
Por otra parte cabe decir que en cuanto a las Sociedades holding con participaciones en otras sociedades nacionales de terceros países. Estas sociedades gozan de exención fiscal sobre los dividendos obtenidos, así como sobre las plusvalías en los siguientes casos:
- Que la entidad participada no residente fiscal esté sujeta, sin posibilidad de exención, a un impuesto sobre la renta de características similares al impuesto sobre sociedades del Principado de Andorra.
- Que el porcentaje de participación, directa o indirecta, en el capital, los fondos propios, el patrimonio neto o los derechos de voto de la entidad residente o no residente fiscal sea igual o superior al 5 por ciento. La participación correspondiente se deberá poseer de manera ininterrumpida durante el año anterior al día en que sea exigible el beneficio que se distribuya o, en su defecto, deberá mantenerse posteriormente durante el tiempo necesario para completar este período.